domingo, 30 de septiembre de 2012

Comienza gira nacional de "Familias por Igual", de la mano del INCAA y la FALGBT


La producción  audiovisual, de los realizadores Rodolfo Moro y Marcos Duszczak, retrata el proceso de sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario y el efecto que la misma ha tenido en la vida cotidiana de miles de argentinas y argentinos. El documental fue declarado de interés por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Recorrerá el país durante los meses de octubre, noviembre y diciembre en los Espacios INCAA y sitios culturales significativos.

La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans informa que el lunes 1 de octubre comenzará una gira nacional del documental "Familias por Igual" de los realizadores marplatenses Rodolfo Moro y Marcos Duszczak.
"Familias por igual" retrata el proceso de sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario y el efecto que la misma ha tenido en la vida cotidiana de miles de argentinas y argentinos y sus familias que desde julio de 2010 cuentan con los mismos derechos y obligaciones que todas las familias.

En palabras de los propios realizadores "El 15 de julio de 2010 se aprobó la Ley de Matrimonio Igualitario luego de arduos y duros debates que abarcaron todos los sectores de Argentina. A casi un año de su vigencia, las discusiones se siguen extendiendo, rozando los sectores más expuestos y poderosos de la sociedad, así como aspectos relativos a la religión e ideologías ortodoxas que repudian el otorgamiento de los derechos adquiridos, derechos que -acorde a lo previsto por el art. 16 de nuestra Carta Magna-mas allá de cualquier postulado en contrario, no deben ser desconocidos o conculcados a los habitantes un país que se precie de ser respetuoso de los derechos fundamentales del hombre. Mediante la receptación constitucional de diversos instrumentos internacionales y con la consagración de la ley 26618, es claro que nuestro orden público ha sido modificado de tal modo que ha incorporado al régimen legal (en forma expresa) el respeto por la dignidad humana garantizando mediante la libertad de elección para poder elegir el camino vivencial que cada persona desee a efectos de que redunde –ontológicamente hablando- en su felicidad, las diferentes orientaciones e identidades sexuales y de género y, con ello, posibilitando el acceso a la institución matrimonial tanto a parejas heterosexuales como "no heterosexuales" sin colisión de los principios constitucionales de igualdad ante la ley y no discriminación. "

Al respecto Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "es una enorme alegría que Familias por Igual pueda recorrer todo el país ya que es una de las primeras producciones audiovisuales que reflejan, tras la sanción y a dos años de vigencia de la ley de Matrimonio Igualitario, las consecuencias y efectos que la norma ha tenido para la vida cotidiana de nuestras familias. La excelente producción y realización refleja fielmente lo que fue un proceso que nunca olvidaremos y que ha transformado profundamente nuestro país."

Cronograma de la gira (fechas confirmadas hasta ahora)
Córdoba, ESPACIO INCAA KM 700 
Av. Ricchieri y Concepción Arenal Bº Rogelio Martinez – Córdoba         
Lunes 1, martes 2 y miércoles 3 de octubre, 21:30 hs.

Mendoza, ESPACIO INCAA KM 1060
Pedro Molina - Guaymallén - Mendoza              
Jueves 4 y viernes 5 de octubre, 21:30hs             

Santiago del Estero, ESPACIO INCAA KM  1080
La Banda - Santiago del Estero
Martes 2, jueves 11, jueves 18, jueves 25 y martes 30 de octubre, 22 hs.

San Juan, ESPACIO INCAA KM 1100
Mitre Nº41 este – San Juan 
Domingo 7, martes 9 y miércoles 10 de octubre 19hs y 22 hs.

San Martín de los Andes, ESPACIO INCAA KM 1570
Viernes 26, martes 30 y miércoles 31 de octubre, 20:30hs

La Plata, ESPACIO INCAA KM 60             
Calle 50 entre 6 y 7 – La Plata
Jueves  11, viernes 12, sábado 13, domingo 14, martes 16 y miércoles 17 de octubre 18 hs

Resitencia, ESPACIO INCAA KM 1020 - Complejo Cultural Provincial Guido Miranda     
Colón 168 –  Resistencia
Jueves 4, viernes 5 y domingo 7 de octubre, 20 hs.

Ciudad de Buenos Aires,  ESPACIO INCAA KM 0
Cine Gaumont- Av. Rivadavia 1635 – Buenos Aires
Jueves 11, viernes 12, sábado 13, domingo 14, lunes 15, martes 16 y miércoles 17 de octubre horario a confirmar

Almirante Brown, ESPACIO INCAA KM 23
E. de Burzaco 750, Almirante Brown
Jueves 11, viernes 12, sábado 13 y domingo 14 de octubre, 18hs

Formosa, ESPACIO INCAA KM 1125
Lunes 8, martes 9, miércoles 10  de octubre 21hs

Bariloche, ESPACIO INCAA KM 1560
Jueves 4, domingo 7 de octubre a las 19 hs.

viernes, 28 de septiembre de 2012

La FALGBT repudia resolución sobre "valores tradicionales" en ONU impulsada por Rusia

En el marco de su actual período de sesiones el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, celebrado en Ginebra, aprobó ayer una polémica resolución propuesta por Rusia sobre “valores tradicionales”, que ha despertado amplio repudio de organizaciones LGBT en todo el mundo.
La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans suma su repudio a la aprobación de una resolución sobre "valores tradicionales" en materia de derechos humanos, por parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

Dicha resolución, presentada e impulsada por Rusia, busca promover los “valores tradicionales” como base para los derechos humanos, lo cual reviste especial gravedad ya que numerosos expertos de la ONU han subrayado que este concepto es invocado con frecuencia por los Estados para justificar violaciones de derechos humanos, tales como violencia en la familia, violación sexual marital, matrimonios forzados, negación de derechos a personas LGBT y mutilación genital femenina.

La resolución fue aprobada por 25 votos a favor, 15 en contra y 7 abstenciones, votando favorablemente Angola, Bangladesh, Burkina Faso, Camerún, China, Congo, Cuba, Djibouti, Ecuador, India, Indonesia, Jordania, Kuwait, Kirguistán, Libia, Malasia, Maldivas,Mauritania Filipinas, Qatar, Rusia, Arabia Saudita, Senegal, Tailandia y Uganda. Asimismo lo hicieron en contra Austria, Bélgica, Botsuana, Costa Rica, República Checa, Hungría, Italia, Mauricio, México, Noruega, Polonia, Rumania, España, Suiza y Estados Unidos, y se abstuvieron Chile, Benín, Guetemala, Nigeria, Perú, República Maldovia y Uruguay.

Al respecto Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "nos preocupa profundamente la aprobación de la resolución rusa sobre "valores tradicionales", la cual implica un retroceso en materia del paradigma actual de los derechos humanos, ya que sin dudas tiene un espíritu restrictivo y no progresivo, como deben ser entendidos los derechos humanos."

Asimismo agregó "lamentamos esta votación y sobre todo el papel de los países latinoamericanos. Las abstenciones de Chile y Uruguay son preocupantes, así como los los votos favorables a la resolución de parte de Cuba y Ecuador. Esperamos que los gobiernos de estos países comprendan la importancia de evitar apoyar este tipo de resoluciones que esconden conceptos discriminatorios y excluyentes en relación al género y la diversidad sexual. Más nos preocupa aún viniendo de Rusia, país del cual hemos tenido noticias últimamente sobre persecusión y violación de derechos humanos hacia el colectivo LGBT"

Por su parte Alejandro Nasif Salum, Secretario de Relaciones Internacionales de la FALGBT concluyó "estamos sorprendidos y preocupados. Hace pocos días el mismo Comité de Derechos Humanos presentaba un informe claro y contundente sobre violaciones de derechos para población LGBT en el mundo, y hoy aprueba esta resolución diametralmente opuesta. Esperamos los gobiernos estén atentos ante el avance de facciones retardatarias en materia de derechos humanos en el seno de la ONU."

La FALGBT celebra aprobación del protocolo de aborto no punible en Buenos Aires y exige una ley nacional de Aborto seguro, legal y gratuito

En una extensa sesión, la legislatura porteña aprobó un protocolo de atención a los abortos no punibles que respeta el fallo de la Corte Suprema de la Nación al respecto. La iniciativa, impulsada por la legisladora porteña María Rachid y legisladoras y legisladores de todo el arco opositor local. Se exigirá la aprobación de la ley nacional impulsada por la Campaña por el aborto seguro, legal y gratuito.
La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans celebra la aprobación de la ley que establece un protocolo de atención a víctimas de abortos no punibles en la ciudad de Buenos Aires, en consonancia con lo determinado por el fallo de la Corte Suprema de la Nación.
La ley ratifica lo establecido por el Alto Tribunal meses atrás, y avanza positivamente sobre la reglamentación emitida oportunamente por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que restringia el ejercicio de este derecho, y que asimismo provocara la renuncia del Ministro Lemus.
La iniciativa, impulsada por legisladores y legisladoras de todos los bloques opositores locales, entre quienes se destacó María Rachid (FPV), establece el procedimiento para la interrupción de los embarazos producto de violaciones hasta la semana 12 de gestación, sin mayor requerimiento que la declaración jurada de la víctima.
Desde la FALGBT se continuará apoyando este tipo de inciativas y exigiendo la aprobación del proyecto de ley impulsado en el Congreso Nacional por la Campaña Nacional por el derecho al aborto seguro, legal y gratuito, y apoyado por más de 60 Diputadas y Diputados nacionales de todos los bloques.
Al respecto Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "la reglamentación del aborto no punible en la Ciudad de Buenos Aires, en los mismos términos que lo establecido por el fallo de la Corte Suprema de la Nación meses atrás, es un avance muy positivo para la garantía de acceso al derecho a aborto, y un primer paso hacia una ley nacional que legalice la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 12 de gestación, sin restricciones ni condicionamientos."
Asimismo agregó "parece mentira que tras los avances sociales que hemos alcanzado en estos años en Argentina, tales como las leyes impulsadas por la FALGBT de Matrimonio Igualitario e Identidad de Género, no logremos avanar en este debate urgente y necesario para las mujeres argentinas y la sociedad en su conjunto.
Para finalizar concluyó "Esperemos el Congreso avance urgentemente en la sanción del proyecto de ley de la Campaña por el derecho al aborto seguro, legal y gratuito, para terminar con el drama de muchas mujeres que no pueden acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones seguras y exponen su salud y hasta sus vidas, y a las cuales el Estado argentino no las escucha." 

martes, 25 de septiembre de 2012

Nuevos matrimonios igualitarios entre turistas en Buenos Aires

Con nuevos Matrimonios igualitarios celebrados entre parejas de extranjeros provenientes de Rusia, Perú, Estados Unidos y Colombia, Argentina se consolida como país de la Igualdad y exportadora de derechos para todas las parejas de personas del mismo sexo del mundo.
La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans informa quetres nuevas parejas de extranjeros han contraído - o se encuentran en proceso de contraer - matrimonio igualitrario en la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de la normativa lograda por la FALGBT y que se pusiera en marcha el pasado mes de junio con el casamiento del colombiano Oswaldo Ruiz Marín, y el español José Manuel Gutiérrez Ruiz .
Es así como el pasado miércoles 19 de septiembre contrajeron matrimonio Natalya Gavrilova e Irina Nemelyaynen, una pareja de lesbianas provenientes de Rusia quienes llegaron a Argentina con el fin de legalizar su unión.
El martes 25 de septiembre será el turno de los ciudadanos peruanos Christian Solis Anticona y Gustavo Michel Sierra Estrada, quienes tras tres años de pareja se casarán en Buenos Aires. Michel es pedagogo, gastronomico de profesión y, actualmente perteneciente al Grupo Astrid & Gastón, mientras Christian es enfermero de profesión y actualmente se especializa en Ciencias de la Salud.
Por su parte el próximo 2 de octubre será el turno de una pareja conformada por dos varones - uno estadounidense y otro colombiano -quienes llegarán desde Estados Unidos buscando el reconocimiento del Estado a su amor, y los derechos igualitarios como cualquier otra pareja.
Todos los matrimonios se celebran en dependencias del Registro Civil central de la Ciudad de Buenos Aires y, además de las tres parejas mencionadas, más de 50 se encuenran en lista de espera para contraer matrimonio en los próximos meses.
De este modo Argentina se consolida como un destino elegido por las parejas de todo el mundo que desean casarse y no pueden hacerlo en sus países de orígen. Cabe destacar que nuestro país es el único en el mundo que permite este tipo de enlaces.
Al respecto, Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "estamos felices y orgullosos de que más parejas puedan contraer Matrimonio en nuestro país. Ya son cerca de 50 las que esperan para hacerlo y no tenemos dudas que la opción de casarse en Argentina irá incrementándose día a día, consolidando nuestro país como una sociedad más igualitria y abierta al mundo."
Asimismo agregó "en momentos en que el mundo debate la igualdad de derechos para el colectivo LGBT nuestro país está dando pasos fundamentales en la garantía efectiva de esa igualdad, permitiendo que todas las parejas del mundo que deseen casarse, puedan hacerlo en nuestro país. Podemos estar realmente orgullosos de que nuestro país siga exportando igualdad para todas y todos."
Cronología
15 de julio de 2010 - El Senado nacional aprueba la ley de Matrimonio Igualitaro, impulsado por la FALGBT desde el año 2005, convirtiendo a nuestro país en el décimo en el mundo en permitir estos enlaces.
23 de marzo de 2012 - En Rosario, gracias a una resolución del Gobierno de Santa Fe a instancias de la FALGBT, se casan Simón Cazal y Sergio López, ciudadanos paraguayos, primer pareja de extranjeros no residentes (turistas) en contraer enlace.
11 de mayo de 2012 - Alex Greenwich y Victor Höld, ciudadanos australianos, contraen enlace en La Plata habilitando las bodas igualitarias de turistas en la Provincia de Buenos Aires.
25 de junio de 2012 - El colombiano Oswaldo Ruiz Marín y el español José Manuel Gutiérrez Ruiz contraen Matrimonio en la ciudad de Buenos Aires inaugurando esta posibilidad en la ciudad.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

La primer trans migrante y docente de la Argentina recibira su DNI con su nombre autopercibido

Tras la Promulgación de la ley de Identidad de Género 26.743 que beneficia a personas trans argentinas, se amplía el goce de derechos mediante el Decreto Reglamentario Nº 1007/2012, para las personas trans extranjerxs que tengan la radicación permanente en el país.
 
El Observatorio de Comunicación, Género y Diversidad con perspectiva en Derechos Humanos de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social, la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans (FALGBT) y la Organización Civil Otrans La Plata, informan que en el día de la fecha Claudia Vásquez Haro, trans migrante y docente de la Universidad Nacional de La Plata recibirá su DNI con su nombre autopercibido. 

El evento, se llevara a cabo hoy miércoles 19 a las 11 AM en la Dirección Nacional de Migraciones ubicada en la Av. Antártida Argentina Nº 1355 edificio 5 y se invita a todas y todos a acompañar a Claudia Vázquez Haro en este momento tan trascendente.
Al respecto el Presidente de la FALGBT Esteban Paulón, expresó “Celebramos este avance enorme en materia de derechos humanos, para uno de los sectores sociales que mayor exclusión y vulneración padecen en nuestro país, el de las personas trans tanto argentinas como migrantes. Este avance significa una nueva mano tendida en materia de derechos de nuestro país hacia todas y todos los habitantes del mundo que en sus países no puedan gozar de estos derechos”.

Asimismo Claudia Vásquez Haro, remarco su "agradecimiento a la señora Presidenta Cristina Fernandez por dar continuidad a las políticas migratorias, que fueron impulsadas por el ex Presidente, Néstor Kirchner que mediante la ley 25.871 y el programa Patria Grande que permitió la regularización de extranjerxs pertenecientes al MERCOSUR y asociados". A su vez agrego que este "momento es fundante, para que otros países repliquen las políticas de derechos humanos que impulsa el Estado Argentino."

En esta misma línea, Vásquez Haro recordó, “nosotras no solo éramos discriminadas por nuestra identidad de género sino que se potenciaba por ser migrantes, muchas compañeras indocumentadas sufrieron la deportación de manera extremadamente violenta, lo cual significaba un doble marcaje para la exclusión y la discriminación social”.

Además, la docente universitaria sostuvo, “Como comunicadores tenemos el profundo deber de acompañar estos procesos y difundirlos con la intención de que tengan un efecto multiplicador, para dar cuenta del proceso social y el sentido profundamente político de la ley” y remarcó “que la mayoría de los medios hegemónicos siguen banalizando y trivializando la lucha de los colectivos LGBT que reclaman el respeto y la ampliación de derechos”.

Antecedentes
- Claudia Vásquez Haro: Impulsora de la resolución por el derecho a la identidad de género, aprobado por el Consejo Directivo de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP, que la convirtió en la primer alumna trans a la que se le reconoció y respeto su identidad de género auto percibida, en el 2008. Primer antecedente en una Universidad Publica Argentina y de América Latina.
- Protagonizo el reclamo para derogar la normativa 663/92, que establecía que la fotografía del DNI no podía dar lugar “a interpretaciones erróneas del sexo”, la cual vulneraba y reprimía la identidad de las personas trans en la República Argentina.
- Promotora, redactora y defensora del proyecto presentado por la Federación Argentina LGBT y la Facultad de Periodismo y Comunicación Social, para que el rectorado de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) reconozca y respete la identidad de género auto percibida. Así la casa de altos estudios quedo declarada “institución libre de discriminación por expresión e identidad de género”, 2012.
- Primer licenciada y docente trans de la Universidad Nacional de La Plata.
- Directora del Observatorio de Comunicación Género y Diversidad con Perspectiva en DDHH, de al FPyCS – UNLP.

martes, 18 de septiembre de 2012

La FALGBT participa del debate en el Senado por el voto joven y de migrantes


Convocadas por las Comisiones del Senado, la FALGBT y sus organizaciones miembro participarán del debate parlamentario sobre el proyecto para permitir el voto a jóvenes a partir de 16 años y migrantes
La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) informa que ha sido convocada, al igual que varias de sus organizaciones miembro, para participar del debate parlamentario en torno a los proyectos que buscan habilitar el voto a las y los jóvenes a partir de los 16 años, y a personas migrantes.
En el marco del debate parlamentario por ambos proyectos, en esta instancia en trámite en el Senado nacional, las Senadoras y Senadores nacionales han convocado a diversas organizaciones sociales y políticas a expresarse sobre los diversos proyectos que se tramitan en la Cámara alta. Entre ellas se ha convocado a las juventudes de la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans, de la Asociación travestis, transexuales, transgéneros de Argentina, de La Fulana (Centro para lesbianas y mujeres bisexuales y de la Mesa Nacional por la Igualdad.
Durante la mañana del miércoles 19 de septiembre aportarán el punto de vista del colectivo LGBT las y los activistas Alan Otto Prieto (Juventud FALGBT), Julieta Calderón (Juventud ATTTA), María Jimena Matiolli (La Fulana) y Marilina Decurez (Mesa Nacional por la Igualdad).
Al respecto Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó "la convocatoria a participar de estos debates a la Federación Argentina LGBT y varias de sus organizaciones miembro habla claramente de la inserción social y política que ha alcanzado el colectivo de la diversidad sexual, fruto de los debates por las leyes de igualdad y las campañas públicas que generaron un alto consenso en torno a estos derechos durante tantos años negados."
Asimismo agregó "Tras la sanción de las leyes de Matrimonio Igualitario e Identidad de Género - impulsadas por la FALGBT y ATTTA desde 2005 y 2007 respectivamente - las personas LGBT hemos profundizado nuestra participación activa en diversos ámbitos de la sociedad. La diversidad sexual es parte de la sociedad y consideramos muy positivo que nuestros y nuestras jóvenes hayan sido convocados a participar en un debate trascendente en materia de derechos."
Por su parte Marcela Romero, Secretaria General de la FALGBT y Presidenta de ATTTA expresó "tras décadas de exclusión y negación de la participación política para las personas trans, poder participar hoy de un debate en el Senado acerca de la ampliación de derechos, es sin dudas una reparación histórica y un avance sustancial en nuestra democracia."

viernes, 14 de septiembre de 2012

La FALGBT y VOX celebran resolución del Ministerio de Justicia santafesino que termina con la discriminación a parejas igualitarias no casadas


Por gestiones del equipo jurídico de VOX Asociación Civil y la Federación Argentina LGBT, el Ministerio de Justicia de Santa Fe emitió una resolución que terminó con la discriminación hacia parejas igualitarias no casadas, permitiendo el reconocimiento de hijas e hijos independientemente del estado civil de las madres o padres
VOX Asociación Civil y la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) celebran la emisión de la resolución del Ministro de Justicia de Santa Fe, Juan Lewis, que autoriza el reconocimiento de paternidad y maternidad a hijas e hijos de parejas igualitarias no casadas, en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales y los matrimonios.
Con esta medida la provincia de Santa Fe se convierte en la primera en remover por vía adminsitrativa una de las barreras que existían hasta ahora para la igualdad plena de todas las familias, con independencia de su estado civil. Anteriormente el equipo jurídico de la FALGBT y La Fulana habían obtenido un fallo favorable de la justicia porteña para el reconocimiento igualitario de todas las paternidades y maternidades.
Cabe destacar que las parejas igualitarias no casadas no habían sido alcanzadas por el Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por la Presidenta de la Nación en julio pasado, en relación a las inscripciones de las hijas e hijos nacidos previamente a la ley de Matrimonio Igualitario.
Al respecto Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó "la resolución del Ministerio de Justicia de Santa Fe significa derribar la última barrera discriminatoria para que todas las familias tengan todos los derechos. Hoy es un día de alegría y de un logro colectivo de los equipos jurídicos de la FALGBT, encabezado por Flavia Massenzio, y de VOX Asociación Civil, encabezado por Valeria Rosso Ponce. Se abre ahora una oportunidad para que todos los gobiernos provinciales adopten medidas en igual sentido que permitan avanzar hacia la igualdad plena."
Asimismo agregó "esta normativa estará contemplada en el nuevo Código Civil pero creemos que es fundamental avanzar cuanto antes en la igualdad para todas las niñas y niños, en plena protección de sus derechos, y resguardando el derecho a la identidad en el seno de sus familias."
Por su parte Guillermo Lovagnini, Presidente de VOX Asociación Civil expresó "hoy con esta resolución se da un paso fundamental para la igualdad de todas las familias. Esperamos que el logro colectivo que hemos obtenido desde Santa Fe se proyecte a todo el país rápidamente. Nuestras familias no pueden esperar más para acceder a la igualdad plena."

miércoles, 12 de septiembre de 2012

La FALGBT y ATTTA denuncian intento de la legislatura correntina de restringir ley de Identidad de Género

Dos proyectos que se tramitan en la legislatura provincial correntina pretenden restringir el alcance de la Ley de Identidad de Género en materia de cupo de género en listas electorales y acceso a beneficios previsionales. Con el pretexto de supuestos "vacíos legales" en la norma nacional, los proyectos restringen el ejercicio de derechos y vulneran la igualdad. El equipo jurídico de la FALGBT estudia presentaciones judiciales por inconstitucionalidad en caso de ser aprobados los proyectos. 
 
La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) y la Asociación de travestis, transexuales y transgéneros de Argentina (ATTTA) denuncian y repudian el intento de la legislatura correntina de restrigir derechos emanados de la Ley de Identidad de Género. 

Concretamente a través de dos proyectos de ley que tienen su tratamiento en la legislatura provincial, se pretenden imponer requisitos no previstos en el texto de la Ley nacional de Identidad de Género para el ejercicio del derecho a la participación electoral y el acceso a los beneficios previsionales. 

En el caso del Proyecto 7123, autoría de los Diputados Alicia Locatelli de Rubín y Carlos Gustavo Rubín - aprobado en la Cámara de Diputados y en discusión en el Senado provincial - se planetea modificar el cómputo de la edad jubilatoria para el caso de personas que hayan accedido al reconocimiento de identidad, "aplicando el promedio de los años que proporcionalmente la persona haya permanecido en el género masculino o femenino respectivamente."

En relación al segundo proyecto, que trata materia electoral y fue girado nuevamente a Comisión, se establece que "los cambios de género producidos en el marco de la Ley Nacional Nº 26.743, a los efectos de cumplimentar el cupo femenino previsto en el Código Electoral Provincial y en el Nacional, regirán a los 5 (cinco) años de la modificación del acta respectiva."

Al respecto Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó "estamos en alerta y muy preocupados por estos dos proyectos de ley, claramente incosnstitucionales y discriminatorios, que pretenden limitar los efectos de la igualdad que ha otorgado la Ley de Identidad de Género, en especial en dos áreas sensibles como son la participación política y el acceso a los beneficios previsionales."

Asimismo agregó "vamos a instrumentar todos los medios necesarios para que estos proyectos no sean aprobados, y en caso de que lo fueran nuestro equipo jurídico está analizando acciones legales al respecto, en las cuales no descartamos llegar a la propia Corte Suprema de Justicia. No pùeden, leyes provinciales, contravenir la igualdad ante la ley que consagra nuestra Constitución Nacional a través de diversos tratados de derechos humanos vigentes."

Por su parte Marcela Romero, Presidenta de ATTTA y vicepresidenta de la FALGBTexpresó " realmente consideramos de suma gravedad el tratamiento de estos proyectos que no hacen más que discriminar y restringir nuestros derechos. Hemos luchado años para aprobar la Ley de Identidad de Género y ahora que se ha alcanzado la igualdad formal, vemos cuánto falta para la igualdad real de oportunidades y trato."

Para finalizar Romero agregó "estos proyectos de ley discriminatorios se suman a las dificultades que las compañeras y compañeros trans están teniendo para acceder al reconocimiento a la identidad de género en esa provincia, hecho que venimos denunciando desde ATTTA y que esperamos se solucione pronto. Vamos a dar pelea en todos los ámbitos, incluido el judicial, para que esto no entre en vigencia."

martes, 4 de septiembre de 2012

La FALGBT participó del debate oficial por el nuevo Código Civil y Comercial


Con la posición de la organización en torno a fertilización, gestación por sustitución, nuevo régimen de adopción, modificaciones en cuanto a la filiación y la instauración de la Unión Convivencial, así como el reclamo por un Estado laico, la FALGBT participó en el Senado del debate oficial por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Las organizaciones locales de la FALGBT participarán también del debate en las provincias.
La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) participó, a través de las ponencias de su Presidente Esteban Paulón, y su Secretaria de Asuntos Jurídicos Flavia Massenzio (en representación de La Fulana) del debate oficial por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. La presentación, se desarrolló en el Salón Azul del Senado.
Entre las innovaciones más destacadas del nuevo Código se incluyen varias reformas urgentes y lárgamente esperadas por el colectivo LGBT, y la sociedad toda: nuevo régimen de adopción, reproducción humana asistida, gestación por sustitución, divorcio abreviado, instauración de las Uniones Convivenciales y nuevo régimen filiatorio.
Dichas normas permitirán un pleno ejercicio de la ciudadanía para lesbianas, gays, bisexuales y trans y complementan el marco jurídico generado a partir de la aprobación de las Leyes de Matrimonio Igualitario e Identidad de Género.
Sin embargo desde la FALGBT se reclamaron modificaciones al texto a fin de ampliar las garantías de las mujeres gestantes, en los casos de gestación por sustitución, y de las madres no gestantes en parejas de lesbianas no casadas, tal lo viene reclamando junto a La Fulana desde hace meses. Asimismo se solicitó la modificación del estatus jurídico de la Iglesia católica a fin de garantizar la igualdad y laicidad del Estado argentino.
Al respecto Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó "tras la aprobación de la ley de Matrimonio Igualitario en julio de 2010 desde la FALGBT hemos apoyado e impulsado el debate en el parlamento de una nueva ley de adopción, de un régimen de reproducción humana asistida que incluya a las familias LGBT y de la regulación de la figura de gestación por sustitución. Todas estas normas son urgentes e indispensables para el pleno ejercicio de la ciudadanía para el colectivo LGBT y para la igualdad de todas las familias. También nos parece áltamente positiva la incorporación de la figura de las Uniones Convivenciales, para proteger a aquellas parejas que no deseen casarse."
Asimismo agregó "Si bien observamos una orientación positiva en el texto en tratamiento, hemos venido a aportar propuestas en algunos puntos que entendemos pueden estar expresados de mejor modo en el texto que se aprobará. Todas las propuestas van en sentido de ampliar derechos y garantías. Y entre ellas destacamos la necesaria modificación del estatus con que hoy cuenta la Iglesia católica y le confiere privilegios inadmisibles en estos tiempos."
Por su parte Flavia Massenzio, Secretaria de asuntos jurídicos de la FALGBT y representante de La Fulana en el debate expresó "este es un debate largamente esperado porque parte de las reformas que incorpora el nuevo Código son demandas de nuestro colectivo que se hicieron fuertes tras la igualdad que obtuvimos con la aprobación de la ley de Matrimonio Igualitario. La tarea es garantizar avances legales con la mirada de la igualdad en sus contenidos. Debemos avanzar decididamente en la inclusión del concepto de "voluntad procreacional" y preservar la garantía de derechos para todas las parejas, todas las familias y las niñas y niños que nazcan en ellas. "
Cabe destacar que las organizaciones locales de la FALGBT participarán también de los debates de la Comisión Bicameral en las ciudades de Tucumán (6 y 7 de septiembre), Rosario (10 de septiembre), La Plata (13 de septiembre) y Neuquén (20 de septiembre).

Hacia un Código Civil para el siglo XXI

Hacia un Código que exprese la Argentina del siglo XXI
Esteban Paulón. Presidente de la FALGBT

Sin lugar a dudas la sociedad argentina ha experimentado cambios sustanciales en los últimos años en materia de relaciones sociales y familiares.
Una sociedad más abierta, más plural y más respetuosa de la diversidad se ha ido configurando en dos planos esenciales.
Por un lado en el plano social, a partir de la apropiación ciudadana de los derechos humanos, entendidos estos en un sentido amplio, progresivo y no restrictivo.
Derechos humanos que tienen su eje en el reclamo por la memoria, la verdad y la justicia - del Nunca Más a las causas por delitos de lesa humanidad – y que se han ido extendiendo hacia los derechos de las infancias, la prevención y erradicación de la violencia de género, la visibilidad de las necesidades y la necesaria reparación histórica para los pueblos originarios, y la igualdad plena de derechos para el colectivo de la diversidad sexual, entre otros.
En otro plano, el legislativo, también la sociedad argentina ha avanzado significativamente, poniendo letra y contenido a los enunciados en materia de derechos humanos, reconociendo e incorporando en nuestro andamiaje jurídico las demandas y reivindicaciones de diversos movimientos sociales, a partir de leyes como la anulación de las leyes de obediencia debida y punto final, educación sexual integral, políticas en materia de salud sexual y reproductiva, el matrimonio igualitario, la identidad de género, y la nacionalización de las tierras entre otras.
El Parlamento argentino estuvo en esta materia a la altura de las circunstancias, inscribiendo a nuestro país entre los más avanzados en materia de derechos civiles en el mundo.
Y ese enorme avance social y parlamentario fue posible por el denodado trabajo de los movimientos sociales, entre los que se destacó el movimiento de derechos humanos y la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans, para dar dimensión de política de Estado a estas conquistas para dotarlas de una legitimidad indispensable para ser apropiadas por todas y todos.
A la luz de los avances sociales y legislativos, era necesario entonces encarar un trabajo participativo que permitiera debatir un nuevo andamiaje jurídico que recogiera y promoviera la continuidad de los cambios en materia de relaciones civiles y comerciales en nuestro país, y estamos convencidas y convencidos que el texto que está siendo sometido a debate cumple ampliamente con este cometido, en cuanto a derechos y garantías para la población LGBT.
Es en este sentido que en relación al texto del nuevo Código Civil y Comercial que en estos días trata el Parlamento, desde la FALGBT queríamos realizar algunos aportes y reflexiones en torno a varios temas centrales que, entendemos, afectan especialmente al colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y trans a la luz de las leyes de igualdad.
Más allá de las materias pendientes que deja el texto en tratamiento, varios de los puntos incluidos son los que tienen que ver con la garantía de igualdad y protección para todas las familias, sean cuales sean las formas que ellas adquieran.

Matrimonio Igualitario
La aprobación de la ley de Matrimonio igualitario en el año 2010 constituyó un avance sustancial para la sociedad argentina. No sólo por el hecho de transformar a nuestro país en el primero en América Latina en contar con esta ley de avanzada, sino fundamentalmente porque por primera vez en su historia el Parlamento argentino debatió y avanzó en la legislación protectiva de los derechos y vínculos familiares y filiales de lesbianas, gays, bisexuales y trans.
Cuando en el año 2005 desde la Federación Argentina LGBT impulsamos por primera vez el proyecto de ley de Matrimonio Igualitario, junto al Diputado Nacional (MC) Eduardo Di Polina, lo hicimos con a convicción del aporte extraordinario que esta ley iba a realizar no sólo para el colectivo LGBT , sino para la sociedad toda.
Pero estábamos convencidos también que la igualdad sólo puede ser alcanzada otorgando los mismos derechos con los mismos nombres a todas y todos los ciudadanos, y que el Estado debe velar porque las diferencias existentes en la sociedad, no se traduzcan en desigualdades. Por eso la propia sociedad nominó a esta ley como la “ley de la igualdad”.
El debate parlamentario, que insumió 9 meses y recorrió el país, demostró cuántos prejuicios y violencia existían – y existen aún - en nuestro país hacia las personas de orientación sexual e identidad de género diferente a la heterosexual.
Pero también demostró que el Estado argentino estaba en condiciones de comenzar a reparar estas situaciones y que iba a asumir la decisión política de avanzar en un sentido de reconocimiento y respeto a todas las formas de familia.
Hoy, a 2 años de aprobado el proyecto en base a las iniciativas de las Diputadas nacionales Silvia Augsburger y Vilma Ibarra (Mandato Cumplido) y la legisladora porteña María Rachid (tomado por la Diputada Juliana Di Tullio), cerca de 6000 parejas han contraído matrimonio en todo el país y en consonancia con este avance social, el ante proyecto del Código Civil incorpora la noción de “matrimonio igualitario” en su cuerpo, a fin de dar certidumbre y estabilidad a todas las parejas en torno a sus derechos.

Uniones Convivenciales
También el anteproyecto del Código Civil contempla la creación de la figura de uniones convivenciales para las parejas no casadas y equipara algunos de los derechos a los del matrimonio. Y en este nuevo instituto jurídico se incorpora también el espíritu del matrimonio igualitario ya que el texto define a las Uniones Convivenciales como "una unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo".
Alcanzada la igualdad jurídica en materia de Matrimonio era tiempo de avanzar en nuestra legislación en materia de permitir uniones más libres en términos de que cada pareja pueda dar formato particular a su unión.
En ese sentido para las Uniones Convivenciales se establece que las parejas podrá firmar un "pacto de convivencia" para regular la contribución de cargas, la división de bienes comunes en caso de separación, al tiempo que, a falta de pacto, garantiza que cada integrante de la pareja ejerce libremente las facultades de administración y disposición de los bienes de su titularidad, con la restricción regulada en este título para la protección de la vivienda familiar y de los muebles indispensables que se encuentren en ella.

Nueva ley de adopción
El Título VI del ante proyecto que se encuentra en debate incorpora un nuevo régimen de adopción. Sin lugar a dudas este nuevo régimen es una de las reivindicaciones más esperadas por diversos colectivos, conscientes de las dificultades e inconsistencias que presenta el actual sistema.
La primera inconsistencia, que es de una gravedad enorme, consiste en que nuestra actual legislación no está anclada en los principios rectores de la Convención de los derechos de Niñas y niños que en nuestro país tienen rango constitucional.
En el ante proyecto, por el contrario, se define a la adopción como “una institución jurídica que tiene por objeto proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen.”
En un mismo sentido establece los principios que rigen la adopción, los cuales incluyen:
a) el interés superior del niño;
b) el respeto por el derecho a la identidad;
c) el agotamiento de las posibilidades de permanencia en la familia de origen o ampliada;
d) la preservación de los vínculos fraternos, priorizándose la adopción de grupos de hermanos en la misma familia adoptiva o, en su defecto, el mantenimiento de vínculos jurídicos entre los hermanos, excepto razones debidamente fundadas;
e) el derecho a conocer los orígenes;
f) el derecho del niño, niña o adolescente a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez, siendo obligatorio su consentimiento a partir de los DIEZ (10) años.
Sin lugar a dudas la mera definición de este instituto jurídico significa un avance sustancial en materia de adopción y avanza en un mismo sentido que los proyectos de ley que lamentablemente no pudieron ser tratados por esta Cámara y fueron impulsados por los Diputados y Diputadas Laura Musa (MC), Emilio García Méndez (MC) y María Luisa Storani, en ejercicio actualmente.
Otros de los avances sustanciales que incorpora la nueva ley de adopción es la incorporación de la posibilidad de adoptar por parte de parejas de hecho, incorporándolas en igualdad de derechos que los matrimonios y las personas solteras.
Entre los puntos incorporados por el ante proyecto nos parece fundamental destacar la incorporación del “derecho a conocer los orígenes” por parte del/la adoptado/a y la eliminación de la figura de la adopción directa, la cual a la luz de la experiencia no ha servido más que para reforzar la discrecionalidad que los jueces y juezas poseen hoy para determinar el otorgamiento de niños y niñas en adopción, y ha promovido prácticas que rozan la ilegalidad y la trata de personas.

Reproducción humana asistida
El ejercicio y disfrute del más alto nivel en materia de derecho a la salud debe contemplar, a la luz de los cambios y avances sociales, el acceso a la reproducción humana asistida, en tanto posibilidad concreta para muchas personas y parejas de formar familias y realizar el propio proyecto de vida en esta materia.
La inclusión de la garantía de acceso a las técnicas de reproducción humana asistida – regulada por una ley especial que espera la sanción definitiva en el Senado de la Nación – viene a abordar tres situaciones particulares.
Una, la de la infertilidad secundaria en las parejas, que según los últimos estudios alcanza el 40% en nuestra región y para las cuales el acceso igualitario a estas técnicas permitiría derribar las barreras económicas y de acceso que hoy existen al respecto.
Otra de las situaciones que aborda este punto es el de las parejas o matrimonios igualitarios de lesbianas y mujeres bisexuales, quienes no necesariamente son infértiles, pero no por eso deben ver cercenado su derecho a formar familia en el marco del ejercicio libre de su orientación sexual.
Y por último se pretende abordar también la situación de las mujeres solteras que deseen encarar un proyecto de maternidad monoparental,  para quienes también deben estar a la mano las técnicas necesarias para tal fin.
En este marco el acceso a las técnicas de reproducción humana asistida deben ser abordadas en su compleja dimensión y las modificaciones de base no deben depender únicamente de implementar sofisticadas técnicas, sino de prevenir, respetar, educar y cuidar la salud reproductiva de nuestra población.
Sin embargo queremos señalar con preocupación que el Capitulo 5, acerca de la “Determinación de la filiación extramatrimonial”, el artículo 571 del texto, sobre formas de reconocimiento, establece que “La paternidad por reconocimiento de hijo resulta…” lo cual constituye una omisión grave en torno al reconocimiento de filiación extramatrimonial en las parejas de lesbianas, quienes deben tener el derecho igualitario de poder reconocer a sus hijos e hijas en las mismas condiciones que las parejas heterosexuales no casadas.

Gestación por sustitución
Una de las mayores innovaciones que incorpora el anteproyecto del Código Civil es la de la inclusión del instituto jurídico de la gestación por sustitución, el cual deberá ser regulado por una ley especial dictada a tal efecto por el Congreso.
Sin embargo, el establecimiento de garantías mínimas para la realización de este tipo de acuerdos, es un síntoma saludable ya que implica el reconocimiento legal de estas técnicas.
Al respecto el Artículo 562 del ante proyecto establece en materia de régimen filiatorio que “el consentimiento previo, informado y libre de todas las partes intervinientes en el proceso de gestación por sustitución debe ajustarse a lo previsto por este Código y la ley especial.
La filiación queda establecida entre el niño nacido y el o los comitentes mediante la prueba del nacimiento, la identidad del o los comitentes y el consentimiento debidamente homologado por autoridad judicial.
El juez debe homologar sólo si, además de los requisitos que prevea la ley especial, se acredita que:
a) se ha tenido en miras el interés superior del niño que pueda nacer;
b) la gestante tiene plena capacidad, buena salud física y psíquica;
c) al menos uno de los comitentes ha aportado sus gametos;
d) el o los comitentes poseen imposibilidad de concebir o de llevar un embarazo a término;
e) la gestante no ha aportado sus gametos;
f) la gestante no ha recibido retribución;
g) la gestante no se ha sometido a un proceso de gestación por sustitución más de DOS (2) veces;
h) la gestante ha dado a luz, al menos, UN (1) hijo propio.
Los centros de salud no pueden proceder a la transferencia embrionaria en la gestante sin la autorización judicial.
Si se carece de autorización judicial previa, la filiación se determina por las reglas de la filiación por naturaleza.”
En relación a este tema consideramos de importancia incorporar algunas garantías no contempladas en el texto en tratamiento. Por un lado no queda del todo clara la necesidad de incorporar el consentimiento previo, informado y libre de la mujer gestante. Esto no es menor a la hora de los cambios en la decisión que la mujer puede experimentar a medida que avanza el embarazo y que son naturalmente frecuentes, según la experiencia en países que la tienen.
En cuanto a la pauta de no retribución económica sería deseable avanzar en la incorporación al menos del reconocimiento de una retribución económica para la mujer gestante a los fines de garantizarle su supervivencia y atención integral del embarazo, parto y puerperio. Esto incluirá la atención médica y también la psico-social que le permita sostener el embarazo con el menor riesgo para su salud bio-psico-social en acepción de la salud de la OMS.
Además esta retribución para asegurarle la atención integral  no acabara con el parto sino que debe como mínimo continuarse hasta el puerperio (45 días) y mejor aun en los 6 a 12 meses post parto por las complicaciones tardías.
Por otra parte consideramos que en el inciso g) del mencionado artículo debería especificarse  “con un periodo mínimo entre gestaciones de dos años”, ya que es el periodo mínimo intergestacional considerado conveniente para permitir el restablecimiento y normalización de la gestante  después del embarazo. 
En relación a la pertinencia o no de incorporar el instituto de la gestación por sustitución en el Código Civil, que ha sido cuestionado por diversos sectores, cabe destacar que en la actualidad este procedimiento está accesible para aquellas parejas que puedan solventar los altos costos que estos procedimientos tienen para ser realizados en el exterior.
Es así como habitualmente tomamos conocimiento de parejas o matrimonios que forman familias por medio de la gestación por sustitución en Estados Unidos, Rusia, India u otros países.
La incorporación de la gestación por sustitución a nuestra legislación permitirá un mayor acceso a estos procedimientos y fundamentalmente sumará una nueva posibilidad para las parejas y matrimonios igualitarios de varones para la formación de sus familias.
Como decíamos antes esto hoy es una realidad para un segmento pequeño de la sociedad con la posibilidad económica de realizarlo, y al respecto desde la FALGBT queríamos compartir la experiencia en este sentido que tuvimos al acompañar la inscripción de Tobías hace unas semanas.
Hijo de Carlos y Alejandro, Tobías fue un bebé deseado y esperado por esta pareja que hace más de diez años se ama y construye un hogar en común, y que abrazó la igualdad por medio del matrimonio pocos meses después de aprobada la ley.
Y con ese amor y ese deseo de ser padres y seguir construyendo el hogar que soñaban Carlos y Alejandro se embarcaron en la aventura de la paternidad por medio de la gestación por sustitución.
Un año atrás iniciaron los trámites y el tratamiento en India, país que eligieron por ser el que mayores garantías y cuidados ofrecía.  Y en simultáneo, con el patrocinio del Dr. Andrés Gil Domínguez y el acompañamiento de la Federación Argentina LGBT, recurrieron a la justicia para garantizar la posibilidad de la inscripción igualitaria de su hijo (o hija, ya que decidieron no conocer el sexo del bebé hasta el momento de nacimiento) en el marco del matrimonio que ya habían celebrado.
Verdad de perogruyo: el artículo 42 de la Ley de Matrimonio Igualitario garantiza que “los integrantes de las familias cuyo origen sea un matrimonio constituido por dos personas del mismo sexo, así como un matrimonio constituido por personas de distinto sexo, tendrán los mismos derechos y obligaciones. Ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, tanto al matrimonio constituido por personas del mismo sexo como al formado por dos personas de distinto sexo.”
Pero como ya hemos dicho, para Tobías, y tantos otros niños y niñas, había aún un camino por recorrer.
La justicia porteña comprendió que no proceder a la inscripción igualitaria de Tobías, sea cual fuera su origen, constituiría no sólo una violación al artículo 42 de la Ley de Matrimonio igualitario, sino también una violación a la Convención de los Derechos del niño, que en nuestro país tiene rango constitucional, y de la ley de Protección integral a la infancia. Y falló en consecuencia.
Y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires compartió la decisión de la justicia y ordenó a su Registro Civil inscribir a Tobías exactamente igual que se inscribe a todos los niños y niñas. Allí tuvo que tomar intervención la Cancillería argentina para permitir que Tobías pudiera llegar a nuestro país.
Sin embargo tres semanas tuvo que esperar Tobías en una habitación de hotel de Nueva Delhi para poder recorrer un largo viaje hacia su hogar, junto a sus padres, y hacia la inscripción que determinaría su igualdad y ciudadanía plena.
Con la inscripción realizada, Tobías se convirtió así en el primer niño nacido en el marco de un Matrimonio Igualitario, reconocido como hijo de pleno derecho por la vía no adoptiva por un Estado federal, en el mundo.
Atrás quedaron los días en India, las horas de espera en los aeropuertos, el largo viaje de Tobías hacia su hogar, los sueños y anhelos de Carlos y Alejandro. Por delante una vida plena, de igualdad de derechos y que seguramente inspirará a muchas y muchos.  

Materia pendiente: el Estado Laico
Por último queríamos expresar una preocupación en torno a un aspecto en tratamiento en el presente texto. Más allá de los extraordinarios avances que contempla el proyecto unificado del Código Civil, entendemos que hay diversas cuestiones que merecen un análisis más profundo y eventualmente modificaciones.
Es por ello que celebramos la realización de las audiencias públicas para sumar, a la mirada de los prestigiosos juristas que elaboraron el anteproyecto, la del Poder Ejecutivo Nacional y la de las legisladoras y legisladores nacionales, la de las organizaciones no gubernamentales y de diversos sectores que transitamos la cotidianeidad de los diversos colectivos sociales.
En primer lugar nos gustaría aportar un par de reflexiones acerca de la necesidad de avanzar en el proceso de laicización del Estado argentino, cuestión que no es abordada por el texto en tratamiento ya que el mismo reincide en el reconocimiento como persona jurídica de carácter público a la iglesia católica, lo que supone un privilegio que el campo democrático y progresista no puede permitir.
Es por ello que deseamos plantear la necesidad de modificar el art. 33 del actual Código Civil, que establece que la iglesia católica es una persona jurídica de carácter público, lo que le otorga un estatus excepcional en nuestro marco jurídico con beneficios comparables a cualquier institución del  Estado. Esto hace, por ejemplo, que sus bienes sean inembargables.
Este privilegio está en franca contradicción con los principios de igualdad ante la ley, libertad de culto y conciencia y laicidad del Estado plasmados en nuestra Constitución y en los Tratados de Derechos Humanos incorporados a la misma.
Cabe destacar que tal prerrogativa no deriva directamente del art. 2º de la Constitución Nacional y es de hecho de origen relativamente reciente ya que surge de una modificación introducida durante la dictadura de Onganía en el año 1968.
Señalaba hace unos días la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL) en torno a modificar el artículo 33 que “así, la modificación de tal artículo dejando, por omisión, a la iglesia católica entre las personas de carácter privado, como cualquier otra organización, vendría simplemente a reparar la injusticia cometida por un gobierno de facto que decidió aumentar las prerrogativas de la iglesia católica (al igual que ha ocurrido con prácticamente todos los gobiernos de facto de nuestra historia).”

A modo de conclusión queríamos decir que observamos con enorme expectativa el proceso que se está llevando adelante desde el Estado argentino para impulsar un texto que refleje fielmente estos tiempos. Y justamente de esto se trata el nuevo Código Civil, de reconocernos a todas y todos, diferentes pero iguales en dignidad y derechos. Y de un Estado que asuma la decisión de avanzar decididamente hacia un andamiaje jurídico que sea reflejo de la sociedad del arco iris en que vivimos.

domingo, 2 de septiembre de 2012

La FALGBT participa del debate oficial por el Nuevo Código Civil y Comercial


Con la posición de la organización en torno a fertilización, gestación por sustitución, nuevo régimen de adopción, modificaciones en cuanto a la filiación y la instauración de la Unión Convivencial, la FALGBT participará hoy en el Senado del debate oficial por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Las organizaciones locales de la FALGBT participarán también del debate en las provincias.
La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) participará hoy martes 4 de septiembre a las 17 hs. del debate oficial por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. La presentación, queestará a cargo del Presidente de la FALGBT Esteban Paulón, se desarrollará en el Salón Azul del Senado. Participará también del mismo la Dra. Flavia Massenzio, presentando la posición de la organización de la FALGBT, La Fulana.
Entre las innovaciones más destacadas del nuevo Código se incluyen varias reformas urgentes y lárgamente esperadas por el colectivo LGBT, y la sociedad toda: nuevo régimen de adopción, reproducción humana asistida, gestación por sustitución, divorcio abreviado, instauración de las Uniones Convivenciales y nuevo régimen filiatorio.
Dichas normas permitirán un pleno ejercicio de la ciudadanía para lesbianas, gays, bisexuales y trans y complementan el marco jurídico generado a partir de la aprobación de las Leyes de Matrimonio Igualitario y de Identidad de Género.
Al respecto Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó "tras la aprobación de la ley de Matrimonio Igualitario en julio de 2010 desde la FALGBT hemos apoyado e impulsado el debate en el parlamento de una nueva ley de adopción, de un régimen de reproducción humana asistida que incluya a las familias LGBT y de la regulación de la figura de gestación por sustitución. Todas estas normas son urgentes e indispensables para el pleno ejercicio de la ciudadanía para el colectivo LGBT y para la igualdad de todas las familias. También nos parece áltamente positiva la incorporación de la figura de las Uniones Convivenciales, para proteger a aquellas parejas que no deseen casarse."
Asimismo agregó "vamos a participar del debate de esta norma en el Parlamento para garantizar que la ley sancionada contemple la igualdad de derechos, sin ningún tipo de disciminación. Para ello hemos elaborado iniciativas propias al tiempo que sumaremos nuestra voz y mirada a las iniciativas de los diversos bloques políticos con los que venimos trabajando hace tiempo."
Por su parte Flavia Massenzio, Secretaria de asuntos jurídicos de la FALGBT y representante de La Fulana en el debate expresó "este es un debate largamente esperado porque parte de las reformas que incorpora el nuevo Código son demandas de nuestro colectivo que se hicieron fuertes tras la igualdad que obtuvimos con la aprobación de la ley de Matrimonio Igualitario. La tarea es garantizar avances legales con la mirada de la igualdad en sus contenidos."
Cabe destacar que las organizaciones locales de la FALGBT participarántambién de los debates de la Comisión Bicameral en las ciudades de Tucumán (6 y 7 de septiembre), Rosario (10 de septiembre), La Plata (13 de septiembre) y Neuquén (20 de septiembre).