http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-167996-2011-05-12.html
Madres, dijeron la partera y una jueza
La jueza Liberatori ordenó que dos mujeres lesbianas, que conviven hace una década, sean inscriptas como madres en la partida de nacimiento del bebé que dio a luz una de ellas con un óvulo de la otra. En la Ciudad aún no cumplieron con la orden judicial. Por Mariana Carbajal.
En una resolución inédita, la Justicia porteña reconoció la comaternidad de dos mamás lesbianas a pesar de que no están casadas. Así, la jueza Elena Liberatori, del fuero Contencioso Administrativo, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por Marisa Pascal y Pilar Cabrera, quienes conviven hace más de una década y tuvieron a su hijo Martín el 10 de marzo. Marisa llevó el embarazo. El bebé fue concebido a partir de un óvulo donado por Pilar, fecundado “in vitro” con semen de un banco de esperma. En la oficina del Registro Civil del Hospital Santojanni, donde nació Martín, no les permitieron que Pilar figurara también como madre. El niño fue inscripto como hijo de Marisa y quedó asentado que ella era una madre soltera. El fallo de la magistrada ordenó la rectificación de la partida de nacimiento para que figure también Pilar como madre, aunque la pareja no contrajo matrimonio igualitario– “en virtud del natural reconocimiento que exige como su ovo madre, reconociendo así su realidad familiar”. Pero a pesar de que la sentencia fue dictada hace poco más de un mes, la ciudad de Buenos Aires todavía no accedió a realizar los cambios ordenados.
Liberatori, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4 de la Ciudad, calificó en su resolución como “una verdadera violencia institucional”, con “gran impacto emocional” en la “psiquis” de Pilar, el hecho de que no pueda figurar en la partida de nacimiento de su hijo como una de sus madres.
“Es un fallo muy importante y sentará un precedente, ya que avanza mucho más allá que la Ley de Matrimonio Igualitario al reconocer el derecho de comaternidad en base a la voluntad procreacional de las mamás y no a partir del matrimonio igualitario”, destacó a Página/12 Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (Flgtb). La llamada “voluntad procreacional” es una doctrina que nació en el mundo a partir del uso de técnicas de reproducción humana asistida, que han dado lugar a nuevas clases de filiación. Esta doctrina, que en la Argentina ha sido desarrollada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, sostiene que la identidad de la persona no surge únicamente del vínculo biológico.
Citando a Gil Domínguez, Liberatori señala que “la identidad del ser humano, en tanto éste constituye una unidad, presupone un complejo de elementos, una multiplicidad de carácter predominantemente espiritual, psicológico o somático, mientras otros son de diversa índole, ya sea cultural, religiosa, ideológica o política. Y estos elementos, obviamente, no se obtienen o heredan genéticamente, sino que se han formando a lo largo de la vida a raíz de distintas circunstancias, una de las cuales –diríamos fundamentales– es la familia que se integra; y ello sea que no exista con todos o algunos de sus miembros vínculo biológico alguno”.
La Falgtb acompañó jurídicamente a la pareja en su presentación judicial. Paulón indicó que el Registro Civil porteño todavía no accedió a realizar la nueva partida de nacimiento de Martín porque está esperando un dictamen de la Procuración General de la Ciudad, que todavía no se pronunció. “La sentencia le dio a la pareja de mujeres el mismo status jurídico de familia que a una pareja heterosexual en concubinato. Hasta ahora el reconocimiento de hijos se dio siempre dentro de matrimonios igualitarios”, explicó a este diario la abogada Flavia Massenzio, titular de la Secretaría Jurídica de la Falgtb. Massenzio patrocinó el caso. Es, además, asesora legal de La Fulana, entidad que congrega a mujeres bisexuales y lesbianas.
La pareja, que vive en Lomas del Mirador, partido de La Matanza, presentó el recurso de amparo al considerar que el hecho de dejar fuera de la partida de nacimiento de Martín a una de sus mamás “representa una nueva vulneración al derecho a la igualdad de trato y a la protección de la familia, ambos de raigambre constitucional. Y ha sido tomada soslayando que el cambio que generó la ley de matrimonio civil igualitario alcanza a todas las instituciones del derecho de familia”.
En diálogo con Página/12, Marisa recordó que en la oficina del Registro Civil que funciona en el Santojanni “me obligaron a anotar a Martín como hijo de madre soltera”. “Yo lloraba y les decía que Pilar, que estaba a mi lado, era también la mamá.” Del otro lado del teléfono se escucha lloriquear al bebé, que el martes cumplió dos meses. “Si en vez de ser una pareja conformada por dos mujeres, fuéramos una pareja heterosexual, Martín hoy llevaría el apellido del hombre, sólo bastaría con su declaración ante el oficial del Registro Civil; igual al caso de una pareja conviviente heterosexual que toma la decisión de someterse a un tratamiento de fertilización asistida con semen de un donante anónimo. Recurrimos a la Justicia porque queremos recibir el mismo trato. En la actualidad no supone un obstáculo para la pareja heterosexual que el hijo concebido con un donante de esperma anónimo sea reconocido como hijo por el cónyuge o conviviente de la madre, aunque es inexistente el vínculo biológico”, relató Marisa. Ellas, las madres, eligieron que Martín lleve primero el apellido Cabrera y luego Pascal. Así deberá quedar anotado en la nueva partida de nacimiento y el DNI.
Desde la Falgtb y otras organizaciones de la diversidad están esperando un decreto de necesidad y urgencia de la Presidenta que permita la inscripción “retroactiva” de las hijas e hijos de familias homoparentales, pero esa normativa no contemplaría la situación de los chicos de parejas de lesbianas o gays que no estén casadas. “Lo que hace este fallo es ampliar la ‘presunción de paternidad’ que se aplica a los padres en matrimonios y parejas convivientes heterosexuales”, agregó Paulón.
No es la primera vez que Marisa y Pilar se presentan ante la Justicia para reclamar “un trato igualitario” frente a parejas heterosexuales. A través de otro recurso de amparo consiguieron que la Obsba, la obra social de empleados del gobierno porteño a la que está afiliada Marisa, les cubra el tratamiento de fertilización asistida sin estar casadas ni unidas civilmente. El fallo, emitido a fines de 2009, también pertenece a la jueza Liberatori.
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