El Decreto de
Necesidad y Urgencia firmado por la Presidenta de la Nación y el Ministro de
Interior, impone restricciones al reconocimiento de la co maternidad para
hijas e hijos nacidos antes del Matrimonio Igualitario, discriminando a las
parejas no casadas. El texto recuerda la antigua discriminación entre hijas e
hijos matrimoniales y extramatrimoniales.
|
En
el marco del acto por
la entrega de los primeros DNI a mujeres y varones trans, tras la
implementación de la Ley de Identidad de Género, la
Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner y el Ministro de Interior
Florencio Randazzo
rubricaron un Decreto de Necesidad y Urgencia para el reconocimiento de la co
maternidad de las hijas e hijos de matrimonios igualitarios nacidos
previamente a la Ley, sancionada por el Congreso nacional en 2010.
Lejos de constituir un avance, esta
norma no termina con
la discriminación existente hasta el momento en relación a las hijas e hijos
de parejas igualitarias no casadas o bien de parejas casadas
pero cuyos hijos e hijas nacieron previamente a la sanción de la Ley de Matrimonio
Igualitario, sobre todo por requerir la celebración obligatoria del
matrimonio desconociendo los derechos de aquellas parejas que no desean o no
pueden casarse. A partir del momento de vigencia del Decreto
retorna la diferenciación entre hijas e hijos matrimoniales y extra
matrimoniales.
Asimismo
el decreto implica un
retroceso en relación a los términos del convenio suscripto por la FALGBT, La
Fulana y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que reconoce ampliamente
dichos derechos sin ningún tipo de discriminación, y
desconoce la recomendación del INADI - emitida durante la gestión de María
Rachid como vicepresidenta - que ya lo cuestionaba por discriminatorio.
Al
respecto Esteban
Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "es una pena que el Gobierno
nacional haya perdido la oportunidad de equiparar plenamente los derechos de
todos los niños y niñas, hayan nacido antes o después de la Ley de Matrimonio
Igualitario. Más alla de si sus padres o madres desean o pueden casarsem esos
niñas y niños merecen igual reconocimiento y protección por parte del
Estado."
Asimismo
agregó "hoy la sociedad argentina no
admite más la discriminación. La igualdad debe ser plena o no tiene sentido.
Promover medidas de reconocimiento parcial de derechos no resuelve las situaciones
de profunda discriminación que aún existen."
Por
su parte Flavia
Massenzio, Secretaria de Asuntos Jurídicos de la FALGBT
expresó " con esta
decisión no se termina la discriminación hacia los niños y niñas de nuestras
familias, sino por el contrario se prolongan decisiones que no contemplaban a
las familias que no pueden o no desean contraer matrimonio. Este Decreto
reinstala la distinción entre hijas e hijos matrimoniales y extra
matrimoniales, que creíamos superada en nuestro país."
|
lunes, 2 de julio de 2012
El DNU sobre co maternidad es un retroceso en materia de derechos igualitarios para nuestras familias
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario