La acción, impulsada desde el área jurídica de la FALGBT, sienta un precedente único en materia de reconocimiento igualitario para todas las familias y parejas, estén o no casadas |
La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans, celebra el fallo de la Jueza en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, Gabriela Seijas, por el cual se reconoce la co-maternidad en parejas del mismo sexo para hijos nacidos previamente a la ley de Matrimonio Igualitario. En una sentencia histórica la Magistrada resolvió favorablemente a la demanda impulsada por el equipo jurídico de la FALGBT y reconoció iguales derechos a dos hermanos que habían nacido uno previo a la ley de Matrimonio Igualitario y otro con posterioridad. Un tiempo antes el Registro Civil de la CABA había rechazado la solicitud de ambas madres para que se realizara la inscripción de los hermanos en idénticos términos. En la sentencia la Jueza Seijas declaró la inconstitucionalidad del artículo 250 del Código Civil y el 45 de la ley 26413, los cuales no permiten la inscripción de hijos e hijas por parte de progenitores del mismo sexo, en abierta contradicción con la Ley de Matrimonio Igualitario. Al respecto Flavia Massenzio, Secretaria de Asuntos Jurídicos de la FALGBT expresó "todo nuestro andamiaje jurídico nos brinda las garantías. Una solución distinta de la arribada en la sentencia vulneraría derechos tales como la igualdad de trato, el principio no discriminatorio, la identidad del niño y la protección integral de la familia. La misma ley de matrimonio igualitario tiene una cláusula complementaria, el artículo 42, para que no haya diferencias entre matrimonios heterosexuales y homosexuales”. En un mismo sentido Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "este fallo termina con el trato desigual entre hijos matrimoniales y extramatrimoniales en parejas del mismo sexo, una situación absurda que ha sido superada eb los matrimonios heterosexuales hace ya 40 años." Para finalizar expresó "la propia Ley de Matrimonio igualitario es bien clara al respecto. Debe haber igualdad de trato para todas las hijas e hijos y actuar administratviamente en otro sentido sería vulnerar el principio de iguladad ante la ley." |
miércoles, 29 de junio de 2011
Histórico fallo reconoce co-maternidad previamente al Matrimonio Igualitario
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